DECRETO 376 DE 2022-SISTEMA DE FORMACIÓN CONTINUA PARA EL TALENTO HUMANO EN SALUD
El decreto 376 de 2022 establece los lineamientos encaminados a la puesta en marcha del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud, establecidos en el artículo 98 de la Ley 1438 de 2011.
Con el objetivo de mejorar el desempeño e idoneidad del talento humano en salud y promover su desarrollo personal y ocupacional y así optimizar la calidad de los servicios de salud recibidos por los usuarios del Sistema.
Sus disposiciones aplican para:
- Entidades Promotoras de Salud – EPS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud- IPS y al talento humano en salud.
- Instituciones de Educación Superior e Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano-, que cuenten con programas académicos del área de la salud, ofrezcan acciones de formación continua tales como cursos, programas, diplomados.
- Escenarios de práctica formativa en salud clínicos y no clínicos.
- Entidades que estén interesadas en actuar como oferente de acciones de formación continua en el marco del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud.
A continuación, te mostraremos algunos de los lineamientos establecidos en este decreto:
¿Cuáles son los objetivos del Sistema?
Algunos de los objetivos del Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud son:
a. Promover la actualización y el desarrollo permanente del talento humano en salud, fortaleciendo sus conocimientos, habilidades, destrezas, competencias transversales y específicas, capacidades interdisciplinarias, interprofesionales e interculturales, de acuerdo con la situación, prioridades en salud de la población y necesidades de dicho Sistema.
b. Identificar las brechas de formación, particularmente, respecto de quienes se encuentren alejados de los centros urbanos e instituciones de formación.
c. Orientar la formulación de planes institucionales de formación continua del talento humano en salud, para su correspondiente implementación.
e. Promover y difundir a través de medios tecnológicos, información sobre las acciones de formación continua que se ofrezcan, para que el talento humano en salud acceda a esta formación, especialmente, cuando la oferta se impulse a nivel nacional.
f. Enfocar las acciones al fortalecimiento de la Atención Primaria en Salud – APS, como parte estratégica de la Política Integral de Atención en Salud.
¿Qué requisitos deben cumplir los interesados en ofrecer y desarrollar acciones de formación continua?
Los interesados en ofertar y desarrollar acciones de formación deben cumplir las siguientes condiciones:
- Contar con procesos sistemáticos que sustenten la calidad en la planeación, diseño y ejecución de las acciones de formación continua, en estos procesos se debe establecer la duración de la acción de formación, los mecanismos de ejecución, seguimiento y verificación de la participación del talento humano en salud, todo esto debe estar debidamente documentado en el sistema o procesos de calidad del oferente.
- Deben contar con tecnologías, recursos técnicos y humanos para garantizar la calidad de la formación continua y facilitar el acceso y difusión de la información, escenarios para las actividades prácticas, cuando la acción de formación continua lo requiera, metodologías y estrategias de aprendizaje, métodos para corroborar la comprensión de los conocimientos trasmitidos e impacto de la acción de formación continua ofrecida y mecanismos para documentar acciones de mejora para futuras acciones de formación continua.
- Deben disponer de un sistema que les permita registrar la información del talento humano en salud que accede a estas acciones, discriminando como mínimo los datos de identificación y contacto, perfil académico, de acuerdo con las variables del Registro de Talento Humano en Salud (ReTHUS), en lo relacionado con la denominación para los diferentes niveles, a saber: técnicos laborales, técnicos profesionales, tecnólogos, profesionales, especialistas y otros títulos de posgrado.
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¿Cuáles serán los contenidos mínimos de los planes de formación continua?
El primer Plan Institucional de Formación Continua debe elaborarse a más tardar el 31 de diciembre del año 2022, e iniciar su ejecución, seis (6) meses después de su elaboración. incluirán como contenidos mínimos, los siguientes:
Conoce en la resolución 0447 de 2022 como será la habilitación de programas del subsistema de formación para el trabajo.
¿Cómo se financiarán los programas de formación continua?
El sistema de Sistema de Formación Continua para el Talento Humano en Salud será financiado por las entidades promotoras de salud, las administradoras de planes voluntarios de salud, las entidades adaptadas, las entidades territoriales de orden departamental y distrital, y las IPS que participen del servicio de salud entre otros actores, con el fin de garantizar la profundización y actualización de conocimientos, que contribuyan al mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio público de salud.
Aquí puedes descargar el Decreto 376 de 2022.