DECRETO 162 DE 2021-REQUISITOS TÉCNICOS PARA LAS BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Con el decreto 162 de 2021 el Ministerio Salud y Protección social modifica el decreto 1686 de 2012. En la revisión del reglamento técnico se evidenció la necesidad de efectuar ajustes a algunas disposiciones relacionadas con las definiciones, y el cumplimiento de requisitos en cuanto a la educación y capacitación, el sistema de aseguramiento y control de calidad, el perfil del director técnico de laboratorio, el rotulado, etiquetado y leyendas obligatorias entre otros.
Adicionalmente con el fin de que los productores nacionales e importadores se adapten al proceso tendiente a la obtención del certificado de Buenas Prácticas de manufactura – BPM, se considera necesario ampliar en dos (2) años, el plazo para la consecución de este.
Esto hace que sea necesario realizar la actualización del reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las bebidas alcohólicas destinadas para el consumo humano en el país.
Veamos algunas de estas actualizaciones:
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