DECRETO 1370 DE 2018
“Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con los límites de exposición de las personas a los campos electromagnéticos generados por estaciones de radiocomunicaciones y se subroga el capítulo 5 del título 2 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”
Gracias a factores como la globalización, cada día las industrias colombianas, deben efectuar tareas que les permitan incursionar en el mundo virtual, ya que a través de estas plataformas, se pueden acceder a mercados que anteriormente no se consideraban posibles.
Pero esto acarrea consigo la adaptación de ciertas medidas de seguridad, especialmente para aquellos trabajadores que se encuentran expuestos a campos electromagnéticos por el daño que estos generan a la salud.
Como consecuencia de lo anterior, es importante que en los puntos donde se realizan este tipo de labores, se apliquen las mediciones pertinentes para verificar los límites de exposición presentes, esto, con el fin de determinar: controles de ingeniería, controles administrativos, programas de protección personal y vigilancia médica, vitales para disminuir la exposición a este factor por parte de los trabajadores.
A su vez, cuando se requieren procesos de instalación de infraestructura de redes de telecomunicaciones, se deberán anexar los siguientes documentos ante las autoridades territoriales:
¿A quiénes aplica el DECRETO 1370 DE 2018?
Aplica a las personas naturales o jurídicas responsables de la operación de redes o a los proveedores de servicios de telecomunicaciones, que hagan uso del espectro radioeléctrico, y cuyas estaciones de radiocomunicaciones generen campos electromagnéticos.
¿Qué plazo tengo?
Las personas naturales o jurídicas responsables de la operación de redes o los proveedores de servicios de telecomunicaciones, que hagan uso del espectro radioeléctrico, cuyas estaciones de radiocomunicaciones generen campos electromagnéticos, deberán presentar y/o actualizar, según corresponda, la Declaración de Conformidad de Emisiones Radioeléctricas (DCER) en los plazos y términos que reglamente la Agencia Nacional del Espectro.
A la fecha, no se han definido dichos plazos. Se realizará seguimiento a esta información. Sin embargo, a partir de la fecha de emisión de la presente, se debe dar cumplimiento a lo descrito en la norma.
¿Qué sucede si no cumplo el DECRETO 1370 DE 2018? (sanciones)
La Agencia Nacional del Espectro velará por el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Titulo. En caso de que estas no se cumplan, informará al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Autoridad Nacional de Televisión o a la entidad que asuma sus funciones, quienes podrán imponer las sanciones pertinentes, de conformidad con lo establecido en la Ley 1341 de 2009 y en la Ley 1507 de 2012, según corresponda.
En estas normativas, se encuentra definida la siguiente escala de sanciones que se impone de acuerdo a la gravedad de la falta:
- Amonestación.
- Multa hasta por el equivalente a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales para personas naturales.
- Multa hasta por el equivalente a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales para personas jurídicas.
- Suspensión de la operación al público hasta por dos (2) meses.
- Caducidad del contrato o cancelación de la licencia, autorización o permiso.
Por las infracciones que se cometan, además del autor de las mismas, responderá el titular de la licencia o del permiso o autorización, por acción u omisión en relación con aquellas.
ENLACES DE INTERÉS
Haz clic AQUÍ para descargar el decreto.
Recordemos el decreto 1072 de 2015 (Capitulo 6. seguridad y salud en el trabajo SG-SST).
Conoce cuál es la metodología para evaluar la matriz legal.