DECRETO 090 DE 2019-RESTRICCIÓN TRANSITORIA PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA
En días pasados vimos con preocupación cómo la Calidad del aire en el suroccidente de la ciudad alcanzaba niveles alarmantes lo cual hizo necesario que se decretara alerta naranja, razón por la cual las autoridades en la materia vieron la necesidad de tomar medidas que mejoren la movilidad en el sector, manteniendo las restricciones de movilidad con el fin de mitigar los impactos por contaminación atmosférica, en la zona suroriental de Bogotá, mediante la restricción de vehículos de transporte de carga iguales o mayores a dos toneladas de lunes a viernes de 6:00 am a 10:00 a.m.
hora pico en el cual se presenta la mayor contaminación. Por medio del decreto 090 de 2019, la restricción aplica a los siguientes sectores:
El decreto 1079 de 2015 se expidió con el fin de compilar y racionalizar las normas que rigen en el sector transporte, aquí te contamos los aspectos más importante de esta normativa.
Según el artículo los siguientes vehículos están exentos de la restricción:
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Este decreto tendrá vigencia única y exclusivamente desde el día de su publicación y hasta tanto se normalicen las condiciones ambientales que le dieron origen y deroga los artículos 1 y 2 del Decreto Distrital 088 de 2019.
Lo cual da un respiro a los habitantes de estas localidades ya que ayuda a bajar los niveles de contaminación, aunque hace falta mas medidas es un comienzo…
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